Asociación Gran Canaria para la UNESCO

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09 de Diciembre de 2025

Niños refugiados II: el derecho a tener derechos

Millones de niños y niñas se desplazan de un lugar a otro cruzando desiertos, viajando ocultos en camiones, sobreviviendo a peligrosas travesías o saltado vallas; quienes se encuentran en una situación más vulnerable son los niños y niñas que viajan solos sin el acompañamiento de padre, madre o cuidadores adultos. La falta de acompañamiento durante sus trayectos migratorios y la lejanía de sus hogares les exponen a múltiples adversidades, viéndose obligados a abandonar precozmente su infancia.

La Agenda de Desarrollo Sostenible nº 32 de la Asociación Gran Canaria para la UNESCO'Niños refugiados II: el derecho a tener derechos' se centra en la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

Los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes afectados por la migración están protegidos por la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), cuyo principio más fundamental es que todos los niños en cualquier lugar del mundo y en cualquier circunstancia tengan los mismos derechos, así como por el conjunto de tratados internacionales de derechos humanos, siendo la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, el punto de partida.

Accede a la Agenda de Desarrollo Sostenible, nº 32

La Asociación Gran Canaria para la UNESCO difunde, a través de la educación en las aulas de Gran Canaria, el informe elaborado por Amnistía Internacional sobre el artículo 42 de la Convención, un texto legal que establece el compromiso de educar a los niños y las niñas y a las personas adultas sobre los derechos de la infancia.

La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional de 1989 que todos debemos conocer para proteger los derechos de la infancia, incluidos los propios niños, niñas y adolescentes. 

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